El 70% restante del valor del inmueble se puede manejar bajo la modalidad de crédito hipotecario o cubrir con recursos propios, para este proceso Constructora Colpatria te presta toda la asesoría necesaria para que culmines con éxito tu negociación
Fuente: MINISTERIO DE VIVIENDA
El cliente, PERSONA NATURAL, (locatarios) eligen la vivienda que necesita
El inmueble queda a nombre del Banco al momento de realizar la escritura de compraventa y se lo entrega al cliente en calidad de arrendamiento financiero durante determinado plazo (15, 20 años).
El cliente paga una cuota mensual (canon de arrendamiento financiero periódico) por el uso y goce del inmueble durante el plazo del contrato.
Al final del contrato el cliente puede ejercer la opción de compra por un porcentaje del costo inicial, establecido desde el principio.
Aplica para:
Fuente: MINISTERIO DE VIVIENDA.
Estar afiliado a una caja de compensación como:
Tener un hogar compuesto por un grupo familiar o ser hogar unipersonal
Los ingresos familiares deben tener ingresos inferiores o iguales a 4 SMMLV.
Ninguno de los integrantes del hogar puede ser propietario de vivienda o haber sido beneficiario de subsidio con anterioridad.
Fuente: MINISTERIO DE VIVIENDA
El subsidio concurrente es la integración de las ayudas para compra de vivienda del programa Mi Casa Ya y los beneficios que otorgan las Cajas de Compensación Familiar para los hogares que ganan hasta 2 SMMLV, es decir, $2.320.000.
No podrán aplicar al subsidio concurrente aquellos hogares que ya fueron a una entidad bancaria y recibieron asignación en el programa Mi Casa Ya. Además, si el beneficiario ya está en proceso de adquisición de una vivienda deberá pactar las nuevas condiciones de compra directamente con el vendedor” afirmó Víctor Saavedra, viceministro de Vivienda.
Tenga en cuenta que los subsidios de las Cajas de Compensación Familiar pueden agotarse, por eso es mejor consultar con la entidad la disponibilidad de cupos y los tiempos de asignación. Si no hay disponibilidad de subsidios en la Caja, los interesados podrán aplicar al subsidio de Mi Casa Ya a través de cualquier entidad financiera.
Para acceder, lo primero que deben hacer quienes cumplan las condiciones es acercarse a la Caja de Compensación Familiar y gestionar el subsidio. Una vez aprobada esta ayuda, la misma Caja envía la información del hogar al Ministerio de Vivienda y 10 días hábiles después de esta notificación, el hogar interesado podrá dirigirse al banco a tramitar el crédito con el subsidio de Mi Casa Ya” precisó Saavedra.
Los hogares interesados en este beneficio deben inscribirse a Mi Casa Ya con los mismos miembros del hogar que postularon para el subsidio de la Caja de Compensación.
Fuente: MINISTERIO DE VIVIENDA
Los hogares colombianos que deseen adquirir vivienda urbana nueva en Mi Casa Ya deben cumplir con las siguientes condiciones
El programa está dirigido a personas nacidad en Colombia, interesadas en adquirir vivienda nueva.
No haber sido beneficiario de otros subsidios de vivienda o cobertura a la tasa de interés y que no sean propietarios en el territorio nacional.
El hogar interesado debe haber realizado la encuesta del SISBÉN IV y tener una clasificación entre A1 y D20 para hogares urbanos y rurales..
Aquellos hogares clasificados entre los subgrupos A1 y C8 recibirán un subsidio a la cuota inicial equivalente a 30 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV). Los hogares entre C9 y D20 se les otorgará un subsidio equivalente a 20 SMMLV.
Una vez el hogar haya cumplido con los requisitos del programa, el establecimiento de crédito o entidad de economía solidaria con el que realizó su inscripción debe certificar y acreditar:
1) Que el hogar cuenta con la aprobación de un crédito hipotecario o leasing habitacional
2) Que su vivienda ya se encuentra lista para entrega y tiene prevista firma de escrituras en los próximos 6 meses. En ese momento, el estado del hogar cambia de “Interesado” a “Solicitante”.
Por otra parte, cuando el establecimiento de crédito o la entidad de economía solidaria acredite estas condiciones, el Ministerio de Vivienda aplicará los criterios de priorización y verificará el cumplimiento de los requisitos. Si el hogar queda priorizado y cumple con la totalidad de requisitos del programa, se procederá con la asignación del subsidio.
Fuente: MINISTERIO DE VIVIENDA
Para el caso de los subsidios No VIS no hay restricciones de ingreso. De esta manera, todas las familias que deseen adquirir una vivienda cuyo valor sea superior al tope VIS e inferior a 500 SMMLV podrán aplicar, independientemente de su nivel de ingreso.
Los beneficiarios de los subsidios No VIS recibirán mensualmente cerca de $439 mil durante los primeros 7 años del crédito, lo que equivale a un subsidio total de más de $36 millones para que más familias puedan hacer realidad el sueño de tener casa propia. Tras este importante anuncio, surgieron varias preguntas que el Ministro de Vivienda, Jonathan Malagón, les responde a los colombianos.
Se ha establecido un porcentaje de los subsidios No VIS para la compra de segunda vivienda. Siempre que se cumpla con el resto de los requisitos del programa, los interesados podrán aplicar y no estarán inhabilitados por tener una vivienda.
Se puede aplicar al subsidio si se compra una vivienda que está en construcción actualmente. En este caso, la cobertura se solicita en la legalización del crédito hipotecario y se hace efectiva con el desembolso del crédito, que usualmente es al momento de registrar la escritura de la vivienda. Por supuesto, siempre se estará sujeto a la disponibilidad de cupos.
Este subsidio aplica para todo el territorio nacional y no tiene cupos regionales. El programa opera por demanda, es decir, que se asignan los subsidios a medida que se van solicitando, independientemente del lugar de construcción de la vivienda. Invitamos a todos los colombianos que cumplan con los requisitos y que estén interesados en adquirir una vivienda a que apliquen a los subsidios del Gobierno Nacional.
Fuente: MINISTERIO DE VIVIENDA